Estimado cliente.
Desde el 1 de enero del próximo año todas las compañías deberán dar de alta en Seguridad Social a los becarios. Esto es independientemente de que realicen prácticas remuneradas o no.
Rogamos que nos comuniquen si tenéis en plantilla a algún alumno en prácticas que no tuviera remuneración alguna, ya que habría que darlos de alta con fecha 1/1/24.
En las prácticas formativas no remuneradas será la empresa donde se desarrollen las prácticas quien cumpla con las obligaciones en materia de Seguridad Social, a no ser que exista un convenio en el que se indique que la responsable será la entidad formadora. Se puede hablar con la entidad de formación (Institutos, Universidades…) para que ellos se hagan cargo de este trámite.
Estas prácticas se pueden llevar a cabo en empresas o instituciones incluidas en programas formativos, prácticas académicas como las que realizan los alumnos de FP, Certificado de Profesionalidad, Estudios Universitarios, como parte del plan de estudios.
En este caso, los alumnos no tendrían los estudios finalizados y normalmente se exige que estén matriculados durante ese periodo en la entidad formativa.
Esperamos respuesta, si os encontráis en este caso.
Un saludo.